¿Ya te pagaron las utilidades?
En México, si trabajas para una empresa que genera ganancias, te toca una parte de estas ganancias, es importante mencionar que también aplica a las personas físicas con actividad empresarial o profesional que tengan trabajadores a su servicio. La PTU, es un derecho constitucional estipulado en el Artículo 123, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, incluso se describe en los Artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo.
Éste derecho beneficia a la mayoría de los trabajadores, sin embargo en el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo especifica quienes están excluidos de recibir.
¿Quienes no reciben PTU?
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios y accionistas.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año.
- Profesionistas que presten sus servicios mediante el pago de honorarios
- Trabajadores del hogar.
El porcentaje a distribuir es del 10% de la utilidad fiscal, este porcentaje se divide en dos partes iguales:
- Se reparte en proporción al número de días trabajados durante el año.
- Se reparte en proporción al monto de los salarios devengados durante el año.
Es importante mencionar que los empresarios deben considerar la PTU en sus proyecciones de flujo de efectivo, presupuestos y análisis financieros ya que representa un costo laboral en las empresas.
¿Cuándo se paga?
(Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo)
La LFT establece que el reparto deberá realizarse en un plazo máximo de 60 días después de la fecha en la que se deba pagar el impuesto anual.
- Para personas morales: entre el 1 de abril y el 30 de mayo del año siguiente que se generaron las utilidades.
- Para personas físicas con actividad empresarial: entre el 1 de mayo y el 29 de junio del año siguiente al que se generaron las utilidades.
Si no se paga dentro de los plazos legales establecidos, puede generar diversas consecuencias como son: multas por incumplimiento, demandas laborales, inspecciones y auditorías e incluso el bloqueo de certificados por parte del SAT.
Es un hecho que el reparto de utilidades, más allá de lo económico es un reconocimiento de la labor de los colaboradores fortaleciendo la relación patrón-trabajador fomentando la distribución de la riqueza generada en el año inmediato anterior.
RSA CONTADORES
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