El 12 de enero de 2021 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se adiciona al Título sexto el capítulo XII Bis de la misma, en materia de Teletrabajo, ( DOF 11/01/2021).
Es aplicable a todos los patrones y trabajadores cuya forma de trabajo consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento de trabajo, sin requerir la presencia física del trabajador en el centro de trabajo, utilizando principalmente las tecnologías de la información, siempre que se desarrolle más del 40% de trabajo bajo esta modalidad.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social hace lo propio al publicar el 15 de julio de 2022 el proyecto de la NOM-037-STPS que establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con modalidad de Teletrabajo; medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares de trabajo donde las personas teletrabajadoras lleven a cabo sus actividades.
Obligaciones de los patrones:
Los patrones que contraten trabajadores bajo esta modalidad se sujetan a las obligaciones del art. 330 E de la LFT y la NOM 037, destacando:
- Contar con un listado actualizado de las personas teletrabajadoras.
- Proporcionar los equipos e insumos para el desarrollo del teletrabajo así como la instalación y mantenimiento.
- Asumir los costos derivados del trabajo en esta modalidad (servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad).
- Cuidar de la seguridad de la información que se le otorga al trabajador y realizar capacitaciones del uso de la tecnología.
- Inscribir a los trabajadores en el seguro social.
- Las condiciones de trabajo, los procesos y verificación de la seguridad y salud deben estar por escrito.
Obligaciones de los trabajadores:
Las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo tienen las siguientes obligaciones (art 330 F de la LFT):
- Mantener en guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón e informarle sobre los costos de internet y electricidad derivado del teletrabajo.
- Apegarse a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo así como informar sobre riesgos de trabajo sufridos en el lugar de trabajo.
- Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades y acatar las políticas de protección.
- Informar por escrito con anticipación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza el teletrabajo.
Sugerencias y Recomendaciones:
Se recomienda llevar a cabo una lista de verificación dejando evidencia, donde se demuestre la supervisión de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo:
- Área de Trabajo
En la supervisión del área de trabajo definir espacios limpios, eliminar objetos y materiales no necesarios, buena luz, sin ruido, con temperatura y ventilación adecuada.
- Factores de Riesgo Ergonómico
Disponer de un lugar de trabajo que le permita a la persona teletrabajadora sentirse cómoda para realizar sus actividades. Ese lugar de trabajo al menos debe contar con:
- Escritorio, mesa o plano de trabajo donde se pueda apoyar cómodamente los brazos, sin accesorios u obstáculos bajo la mesa que impidan la colocación cómoda de las piernas y sin salientes o elementos que pudieran generar un riesgo de trabajo.
- Silla ergonómica o de otro tipo, apropiada a las actividades a desarrollar, en su caso, aditamentos ergonómicos y posturales que apoyen el uso de equipos de cómputo móviles.
- Factores de Riesgo Psicosociales
- Disponer de un espacio físico que, preferentemente, permita privacidad a la persona teletrabajadora cuando se encuentre en su jornada de trabajo, para evitar que cualquier persona ajena a las labores inherentes al Teletrabajo puedan interferir, interrumpir, o afectar sus actividades.
- Se observe una perspectiva de género que permita conciliar el trabajo con la vida familiar y personal, incluyendo la posibilidad de contar con jornadas flexibles para facilitar la atención de responsabilidades familiares.
- Se cuente con mecanismos de atención a casos de violencia familiar que afecten a la persona que realice teletrabajo desde casa.
- Se respete el derecho a la desconexión de las personas teletrabajadoras al término de la jornada laboral.
Guías de Referencia:
El proyecto de la NOM 037 nos hace referencia a guías de apoyo para llevar a cabo el Teletrabajo : (DOF 15/07/2022)
- GUÍA DE REFERENCIA 1. Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
- GUÍA DE REFERENCIA 2. Selección de candidatos para el Teletrabajo.
- GUÍA DE REFERENCIA 3. Recomendaciones de actividades previas a Teletrabajar.
- GUÍA DE REFERENCIA 4. Política de Teletrabajo.
- GUÍA DE REFERENCIA 5. Recomendaciones para seleccionar una silla ergonómica.
CONCLUSIONES:
Es importante darnos cuenta que el avance en las nuevas tecnologías trastocan todos los aspectos de nuestra vida. Ahora trabajar desde casa, desde un café, en un parque o cualquier otro lugar fuera de oficina, sin perder la conectividad entre jefes y subordinados es algo posible, pudiendo ser una alternativa laboral conveniente y eficiente.
El teletrabajo es hoy en día, una buena forma de ingresar al ámbito laboral para todas aquellas personas que su capacidad productiva y responsabilidad no se limita a una supervisión, aprovechando el tiempo sin necesidad de ir a una oficina y cumplir con un horario; si no que, al manejar su propio tiempo y espacio se convierte en un incentivo emocional repercutiendo en su eficiente productividad, objetivo principal de todo empresario.